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Este es el único supuesto en el que puedes ir a 150 km/h por autovías y autopistas

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16 de febrero, 2023

Hay un resquicio legal que permite que algunos coches puedan circular hasta a 150 km/h por las carreteras españolas.

Muchos automovilistas se quejan de los límites de velocidad. Aducen que los coches han mejorado lo suficiente como para que esos límites hayan quedado obsoletos. No obstante, la tendencia por parte de las autoridades es la contraria: bajar los límites en pos de la seguridad víal y el descenso de la siniestralidad.

Como bien sabes (y si no, tenemos un problema), en función de la carretera por la que circules con tu automóvil los límites son diferentes, partiendo de los 30 km/h en ciudad, pasando por los 90 km/h en carreteras convencionales y llegando hasta los 120 km/h en autovías y autopistas.

Para pruebas de coches de fabricantes

Señal de 120 km/h.

Señal de 120 km/h.

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Así, 120 km/h es la velocidad máxima a la que puedes ir en España con tu vehículo, aunque hay una salvedad que te habilita a conducir hasta 30 km/h por encima de ese límite sin ser multado por las autoridades.

Esta excepción la encontramos en el artículo 47 del Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre), donde se dice textualmente que se permite “realizar excepcionalmente ensayos en autopistas, autovías y demás vías públicas del territorio nacional, para los que sea necesario sobrepasar las limitaciones genéricas de velocidad establecidas para este tipo de vías”

Y añade que “en tales casos, el órgano competente para otorgar el permiso fijará en el mismo la velocidad máxima a desarrollar, que, salvo que la vía se haya cerrado al tráfico general, no podrá ser superior a 30 kilómetros por hora sobre la normalmente autorizada para la vía y vehículo de que se trate”.

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Finalmente, el texto legal apunta que esta autorización “podrá otorgarse a los fabricantes de vehículos o a sus representantes legales, a los carroceros y a los laboratorios oficiales, que sean titulares de permisos temporales de empresa, autorizaciones para realizar con un determinado vehículo pruebas o ensayos de investigación extraordinarios”.

Para diferenciarse, estos vehículos que superen los límites de velocidad deberán contar con algo que les identifique. Así, según marca la ley, “además de las placas de matrícula y permisos previstos en el artículo 44, dos placas con las letras F.V., de acuerdo con lo establecido en el anexo XI de este Reglamento”.

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