Pérdida de 4 puntos

Autor: Autocasión
02 de junio, 2006
La mayoría de las infracciones tipificadas recibirán este considerable castigo
La mayoría de las infracciones tipificadas recibirán este considerable castigo
El mayor listado de infracciones que ha proporcionado la DGT es el de aquellas con la que el conductor es sancionado con la pérdida de 4 puntos. Hasta 13 supuestos se exponen a continuación, en los cuales el conductor perderá esta considerable cantidad de puntos. En caso de tratarse de un conductor novel o de alguien que ha perdido su permiso con anterioridad, esta merma de puntos le supondría perder la mitad de su saldo.
Cuatro, es también el número máximo de puntos que se puede recuperar mediante los cursos de sensibilización de tráfico que se imparten.
– Por conducir a una velocidad superior al límite establecido en más de 40km/h, siempre que no suponga, además, un exceso del 50%.
– En el supuesto de conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y conductores noveles más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l.).
– Por circular por una autopista o autovía con un vehículo con el que esté expresamente prohibido circular por ellas.
– En el caso de conducir un vehículo sin llevar el permiso o la licencia necesaria para el trasporte del mismo
– Por arrojar a la vía o alrededores cualquier objetos peligrosos como colillas, que puedan producir incendios o accidentes.
– Por conducir de forma negligente, creando riesgos para los demás conductores de la vía.
– Si desobedecemos una señal de stop, un semáforo en rojo o no respetar la prioridad de paso.
– Por adelantar poniendo peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario o en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
– Por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
– Por realizar maniobras de marcha atrás en autopistas o autovías.
– En el caso de no respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
– Por conducir con un exceso del 50% o más en el número de plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos.
– Por aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
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