Cruzar un paso de cebra sobre tu bici o moto está prohibido y te pueden multar

ACD
12 de marzo, 2020
Pasar montado en tu bicicleta o motocicleta por un paso de peatones, aparte de estar prohibido, puede acarrearte una multa de hasta 200 euros.
Ciclistas y motoristas en ocasiones utilizan los pasos de cebra de las ciudades para cruzar la calle o hacer un cambio de sentido montados sobre sus vehículos. Se “camuflan” entre la gente y parece que eso les da la excusa para atravesar los pasos de peatones con total normalidad.
Si eres uno de los que lo hacen y todavía no lo sabías, te lo aclaramos: está completamente prohibido y pueden multarte por ello, con una sanción que puede alcanzar los 200 euros (aunque a veces las autoridades miren para otro lado). Una cantidad lo suficientemente importante, y dolorosa para nuestro bolsillo, que puedes evitar simplemente bajándote de tu montura y empujándola con tus manos para cruzar.
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La legislación en este apartado es bastante meridiana. A efectos legales de la circulación, tanto una bicicleta como una moto son vehículos, por lo que deben comportarse como tal a efectos de derechos y obligaciones de la circulación, incluido lo concerniente a prioridades de paso y uso de la vía. Tanto la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial como el Reglamento General de Circulación establecen la prioridad de los peatones sobre los vehículos en los pasos de peatones.
Tampoco por las aceras
Algo similar ocurre en las aceras de las ciudades. Transitar por ellas está prohibido para motocicletas y bicicletas, ya que se trata de un espacio reservado para los peatones. Únicamente, la existencia de aceras bici o zonas habilitadas para ello suponen una excepción a esta norma, pero deben estar perfectamente señalizadas y delimitadas.
También es buen momento para recordar que tanto los motoristas como los ciclistas, a igual que ocurre en el caso de los automovilistas, tienen totalmente prohibido utilizar auriculares mientras que están conduciendo sus respectivos vehículos (bajo multa de hasta 200 euros y pérdida de tres puntos del carné) o el teléfono móvil (con la misma sanción).
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